La Cámara de Senadores dió media sanción al Proyecto de Ley del Senador Alcides Calvo (PJ- Castellanos), por medio del cual se propician modificaciones a la ley 5.110 con el fin de adecuar el articulado a los tiempos que corren para acercar más beneficiarios al sistema
En la actualidad el estado provincial, a través de la Caja de Pensiones Sociales Ley 5.110 brinda a los santafesinos un beneficio, de origen no contributivo, en el que no es necesario haber efectuado aportes previos para recibirlo.
Este beneficio alcanza a las personas de la tercera edad, a aquellas imposibilitadas en forma permanente a desarrollar tareas que le permitan generar los recursos mínimos para su sustento y no tengan acceso a una jubilación, y a madres menores que por diversos motivos hayan quedado desamparados y como consecuencia se encuentren en situación de alta vulnerabilidad económica social, ya sea de indigencia o pobreza.
Entre las modificaciones más importantes al texto actual de la ley 5.110 se incorpora el término beneficio no contributivo en lugar de pensión, y se introduce el concepto de “vulnerabilidad social”, como la diversidad de situaciones intermedias y al proceso por el cual se está en riesgo de engrosar el espacio de exclusión. Para ello establece la diferencia entre vulnerabilidad y pobreza.
En cuanto a la edad para acceder al beneficio por ancianidad la misma se establece en 60 años, tanto para hombres como para mujeres y no se requiere antigüedad de residencia para el nativo y solo 2 años para el no nativo. También permite que el beneficiario posea otro ingreso, pero la suma de este más la pensión no debe superar el monto de la pensión mínima que abona la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, en la actualidad el que goza de una pensión no contributiva nacional no puede acceder a una pensión ley 5.110, aunque su ingreso le resulta insuficiente para satisfacer sus más mínimas necesidades.
Otra modificación importante es que la persona para acceder a la pensión debe tener un 66% de invalidez (porcentaje que se exige a nivel nacional para acceder a las pensiones no contributivas) y que en la actualidad es del 75%. Asimismo, se establece en el proyecto de ley que, si no se cumplen los requisitos de edad o discapacidad, pueden acceder al beneficio si tienen 55 años y una discapacidad del 40%, percibiendo el 80% de pensión hasta que cumplan los requisitos generales.
También se propone el beneficio para los menores de 18 años (en lugar de los 16 años de hoy), extendiendo la asistencia a mayores de 18 y hasta 25 años si se hallan cursando estudios formales o de formación laboral.
Explica el Senador Calvo que “el proyecto persigue adaptar la ley actual para posibilitar el acceso de más beneficiarios al sistema, con el convencimiento de que la protección social desempeña un papel decisivo en el logro del desarrollo sostenible, la justicia social y el derecho humano a la seguridad social para todos. Las políticas de protección social constituyen elementos esenciales de las medidas nacionales y provinciales de desarrollo para reducir la pobreza y la vulnerabilidad en todo el ciclo de vida, y respaldar el crecimiento inclusivo, sostenible e igualitario”.