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6 meses y hasta 2 años de prisión para los que violaron la «cuarentena» en el bar de Rafaela

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Tras el festejo del día del amigo, y la clausura de un bar céntrico de nuestra ciudad por el incumplimiento del protocolo. Y en relación a lo que anticipó el juez de faltas Rubén Pavetti, sobre la denuncia penal que iba a recaer tanto sobre los propietarios como los ciudadanos partícipes del encuentro.  El Fiscal Regional de Rafaela, Diego Vigo, para conocer en detalle lo que establece el artículo 205 del Código Penal y las sanciones por su incumplimiento.
En primera instancia Vigo señaló que en este caso puntual, que aún es materia de investigación, «estamos hablando de un «delito contra la seguridad pública», delitos que se denominan de peligro». El Estado establece en el Código Penal, «la necesidad de preservar la seguridad pública, en este caso la salud. Quienes violan las medidas impuestas por las autoridades competentes para impedir la propagación de una pandemia, son pasibles de una sanción de 6 meses a dos años de prisión», explicó el Fiscal Regional.
«Hay determinadas circunstancias, donde se evalúa esa conducta delictiva y si además fue cometida con ánimo de lucro, cabe la posibilidad de una sanción complementaria, establecida en el artículo 22 Bis del Código Penal, en el cual se establece una multa, además de la sanción de prisión», agregó.
Las autoridades municipales en el uso de sus facultades de poder de policía sanitaria, establecen una reglamentación con la cual, «los bares tienen determinados requisitos para desarrollar su actividad, cuando se violan esas medidas como sucedió en este caso, que es materia de investigación, interviene la autoridad administrativa municipal, pero también la Fiscalía Regional V, al advertir a través de los medios de comunicación una conducta que entendemos, que es delictiva».
Pero ¿qué pasa con los ciudadanos que se sumaron a este festejo? «la figura delictiva en este caso, también es la violación de las medidas sanitarias como lo establece el artículo 205, la pena que establece es como lo decíamos antes, un mínimo de 6 meses a 2 años de prisión, pero esta escala es a los efectos de que se pueda determinar en el caso concreto la responsabilidad que les cabe a cada persona, porque es diferente para cada participe del hecho delictivo, no es lo mismo la responsabilidad de quien organiza la actividad con fines de lucro, donde se aglomera un número de personas a sabiendas de que se está violando una normativa de seguridad pública, a la responsabilidad individual de cada persona que asiste a un lugar de acceso público».
A días de lo sucedido, Vigo afirmó que «ya se han identificado varias personas y han sido notificadas de los delitos que se les imputan y también han sido notificadas de la convocatoria a audiencia imputativa en el mes de agosto».

Número de aprehensiones

Desde el inicio de la pandemia y luego de la declaración de la cuarentena, los números globales de intervenciones por aprehensiones por violación de normas de seguridad pública en el contexto de pandemia en el departamento Castellanos a la fecha, «se han realizado cerca de 2.200 aprehensiones por violación a la cuarentena, más de 40 automóviles fueron secuestrados y 60 motos, esto nos da la pauta de la intervención de las fuerzas policiales en coordinación con la justicia», explicó el Fiscal Regional.
«Quiero destacar la necesidad de responsabilidad social e individual de cumplir con las normas de seguridad. Sabemos que un solo caso puede significar la multiplicación de esta pandemia, por ello es importante seguir trabajando de forma coordinada entre todos, un esfuerzo que debemos mantener», cerró Vigo.

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