Con la campaña de vacunación contra el coronavirus avanzando y gran parte de las actividades económicas reabriendo gradualmente, el Gobierno decidió ampliar la capacidad máxima de pasajeros habilitada en colectivos de media y larga distancia.
La Resolución 289/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial y firmada por el ministro de Transporte, Alexis Guerrera, beneficia principalmente a las empresas que operan “los vehículos afectados a la prestación de servicios de transporte automotor interurbano”.
Según la nueva normativa, a partir de ahora los micros de las categorías “Común”, “Común con Aire” y “Semi Cama” podrán tener una ocupación de hasta el 80% de sus butacas disponibles, mientras que los de categorías “Cama Ejecutivo” y “Cama Suite” estarán autorizados a circular con “plena ocupación”. En ningún caso se permitirá que haya personas viajando “de pie”.
Asimismo, el Gobierno advirtió que “en todos los casos deberán extremarse las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los vehículos.”
La decisión surgió a partir de un pedido que hizo en diciembre pasado la Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor (A.A.E.T.A.) para que el Ministerio de Transporte revise la capacidad autorizada hasta el momento.
En su presentación, la entidad sostuvo que “es ostensible que la plena ocupación” para las categorías Cama Ejecutivo y Cama Suite “no afecta en modo alguno las medidas de distanciamiento y demás previsiones dirigidas a la preservación de la seguridad sanitaria del público usuario y, por el contrario, sí contribuye de manera relevante en la optimización del uso de ese material, provocando que su utilización no repercuta de manera deficitaria sobre la economía de las empresas y contribuya asimismo a la satisfacción de la demanda pública”.
El organismo acompañó la solicitud con un informe sobre la cantidad de metros cuadrados por vehículo de algunas empresas y remarcó que “la iniciativa propuesta ha de resultar una contribución de importancia para avanzar en la regularización de la actividad”.
A mediados de octubre del año pasado, y tras casi siete meses de cuarentena, el Gobierno autorizó por primera vez la reanudación de los servicios de colectivos de larga y media distancia y de vuelos de cabotaje, con sus respectivos protocolos de seguridad e higiene en el marco de la pandemia de coronavirus.
En aquella oportunidad, se estableció que las frecuencias se ajustarían de acuerdo con la demanda de cada transporte, “no pudiendo en ningún caso superar aquellas” registradas para cada línea a esa fecha. Además se detalló que los horarios se iban a programar teniendo en cuenta las tasas de ocupación de la distintas terminales de origen y destino, con el objetivo de no generar aglomeraciones de personas al momento del ascenso y descenso de las unidades.
Para garantizar el distanciamiento social dentro de los colectivos de media y larga distancia se limitó la capacidad de ocupación. De esta manera, los vehículos de categoría “Semi cama” podían trasladar en simultáneo hasta 37 pasajeros; los de categoría “Cama ejecutivo”, hasta 26; y los micros de categoría “Cama suite”, hasta 18 personas.
Entre los considerandos de la Resolución publicada este lunes, las autoridades nacionales señalaron que “de acuerdo a la situación epidemiológica, sanitaria y de coberturas de vacunación, se puede evaluar la habilitación paulatina y controlada de actividades y aforos”.
Asimismo, recordaron que los operadores de los servicios de transporte “están obligados a extremar activamente los recaudos para prevenir la propagación del coronavirus COVID-19 en cumplimiento del conjunto de medidas y recomendaciones necesarias para brindar a las usuarias y usuarios y a las trabajadoras y trabajadores de la actividad las mejores condiciones de salubridad”.
En este contexto, y teniendo en cuenta los informes presentados por A.A.E.T.A., el Gobierno reconoció que “resultaría factible ampliar la ocupación de los vehículos afectados a la prestación de servicios de transporte interurbano de pasajeros que se correspondan con las características técnicas de las categorías Cama Ejecutivo y Cama Suite”.