En la Sesión Extraordinaria Especial N° 2 del Período N° 138, el Senado otorgó Sanción definitiva al proyecto de Política tributaria aplicable a partir del período fiscal 2021, que vino con modificaciones y media sanción de la Cámara de Diputados.
Cabe destacar, que dicho proyecto se aprobó con siete votos positivos (Michlig, Enrico, Marcón, Borla, Giacomino, Rasetto, Diana), cinco negativos (Calvo, Kaufmann, Lewandowski, Berra, Rosconi) y cinco abstenciones (Traferri, Pirola, Sosa, Cornaglia, Baucero).
Una vez aprobado el proyecto, el senador Felipe Michlig (San Cristóbal), en nombre del interbloque de la UCR, manifestó que “en la última sesión del Senado, donde se otorgó media sanción al presente proyecto, desde la oposición se puso el foco en dos artículos, el art. 8, el cual nos abstuvimos de votar, y el art. 56, el cual votamos negativamente”. Y continuó resaltando que “los dos cambios más relevantes aplicados en la Cámara de Diputados consisten en la eliminación justamente de estos dos artículos” (art. 8 y art. 56).
En tal sentido, Michlig explicó que “como lo dijimos disentimos con el artículo 8, ya que entendemos que debe dejarse expresado con precisión la necesidad de que el juego on line en la Provincia de Santa Fe debe estar autorizado mediante ley. La Cámara de Diputados convalidó nuestro criterio, a partir de un trabajo coordinado que realizamos con los bloques del frente progresista”
“Asimismo marcamos nuestra disidencia respecto al artículo 56 atento a que se trata de una modificación de la reciente ley de presupuesto sancionada por esta Legislatura hace apenas semanas. Por tal razón nos abstuvimos al momento de su votación” indicó el legislador.
Principales puntos
En cuanto a los principales puntos en el campo tributario, Michlig destacó los siguientes: -Los ciudadanos que pagan impuesto inmobiliario tendrán incrementos por debajo de la inflación anualizada. //-Los principales beneficios tributarios en el impuesto sobre los ingresos brutos y en el impuesto de sellos se direccionan hacia los sectores más afectados por la pandemia. //-Se prevé atender la situación de aquellos contribuyentes que se vieron ante dificultades económicas para cumplir con sus obligaciones tributarias, estableciéndose un régimen de regularización con condiciones de flexibilidad y reducidos intereses. Como complementación, no sólo se contempla a quienes tuvieron inconvenientes para cumplir, sino que también se disponen premios para aquellos contribuyentes del impuesto inmobiliario con muy buen cumplimiento. //-Se extiende por un año más la estabilidad tributaria a las Pymes Santafesinas, beneficio creado oportunamente durante la gestión del Frente Progresista Cívico y Social.
Beneficios para Pymes
Michlig agregó que “un capítulo aparte amerita la extensión por un año más del beneficio de estabilidad tributaria para todas las Pymes santafesinas. Es oportuno recordar y resaltar que este beneficio fue creado durante la gestión de gobierno del Frente Progresista Cívico y Social y vemos totalmente conveniente su continuidad.
En cuanto a este beneficio destacamos lo oportuno del dictamen al no incluir el artículo 38 del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo que preveía asignar facultades al API para crear nuevos requisitos para mantener el beneficio de estabilidad tributaria, abriendo una puerta a la discrecionalidad donde la API podía quitar el beneficio a algunas Pymes Santafesinas.
Asimismo, hemos logrado reducir un aspecto controversial que surgió el año pasado cuando se establecieron discriminaciones dentro del colectivo de Pymes santafesinas”.
Sectores mayormente afectados por la pandemia
“Por último, pero no menos importante, resulta oportuno destacar el conjunto de beneficios que se establecen destinado a aquellos sectores que más sufrieron durante la pandemia de COVID-19, especialmente por no haber podido generar ingresos. Entre dicho sectores se destacan: Bares, restaurantes, servicios de alojamiento, hotelería, residenciales, campings; servicios de agencias de viaje y turismo; servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo, de excursiones; servicios profesionales y personales vinculados al turismo; servicios de explotación de playas y parques recreativos; venta al por menor de artículos o artesanías regionales; servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones; servicios para eventos infantiles; organización de eventos, servicios de soporte y alquiler de equipos, enseres y sonido para eventos, alquiler temporario de locales para eventos; servicios de peloteros; alquiler de canchas para práctica de deportes, jardines maternales, servicios de salones de baile y discotecas y peluquerías.
Los beneficios tributarios que se prevén consisten en: -exención durante 7 meses del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. //- Exención durante 7 meses a los pequeños contribuyentes comprendidos en el Régimen Simplificado. //-Exención de 7 cuotas del impuesto inmobiliario cuando los inmuebles sean afectados a explotaciones de los sectores antes mencionados y por los mismos tributen impuesto sobre los ingresos brutos. //- Exención del Impuesto de Sellos por los contratos de préstamo y alquileres suscriptos por empresas pertenecientes a las actividades antes señaladas”, explicó el Senador Felipe Michlig.