La Cámara de Senadores de la Provincia otorgó sobre tablas y por unanimidad media sanción al proyecto de Ley presentado por el Bloque de la UCR, a fin de modificar el artículo 4 de la ley N° 12.910, para que el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social -I.A.P.O.S. brinde la cobertura total de las prestaciones a los afiliados que padezcan de la enfermedad de Fibrosis Quística de Páncreas o Mucoviscidosis.
La iniciativa es suscripta por todos los Senadores del interbloque de la UCR: Felipe Michlig (San Cristóbal), Lisandro Enrico (General López), Rodrigo Borla (San Justo), Orfilio Marcón (General Obligado), Germán Giacomino (Constitución), Hugo Rasetto (Iriondo) y Leonardo Diana (San Gerónimo).
Cobertura del IAPOS
El Pte. del Bloque, Felipe Michlig explicó en cuanto al proyecto de Ley relacionado a la cobertura del I.A.P.O.S. que “el Congreso Nacional ha sancionado recientemente la ley N° 27.552, mediante la cual se declara de interés nacional la lucha contra la enfermedad de Fibrosis Quística de Páncreas o Mucoviscidosis, estableciendo en consecuencia un régimen legal de protección integral para las personas que sufren dicha patología, a los fines de que alcancen su desarrollo e inclusión social, económica y cultural”.
“La Provincia de Santa Fe ya contaba con una norma de similares características -la N° 12.910- que declaró de interés provincial la atención integral de las personas que padecen Fibrosis Quística (además de otras enfermedades como hipotiroidismo congénito y fenilcetonuria) y estableció, entre otras cosas, que el I.A.P.O.S. debe cubrir la totalidad de las prestaciones que requieran sus afiliados diagnosticados con algunas de las patologías mencionadas. Por tal motivo, con esta modificación se propone que la cobertura se dará de conformidad con lo establecido por la ley nacional”.
En el marco general del proyecto también se apunta a la investigación científica vinculada a la Fibrosis Quística y la formación de especialistas en dicha patología y campañas de concientización de la problemática. Igualmente, el derecho de las personas diagnosticadas de solicitar el Certificado Único de Discapacidad, en concordancia con el régimen nacional.