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No se les exigirá el hisopado negativo a los que ingresen de Cordoba y Entre Rios

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A partir de las 00 del lunes 27 de julio los ciudadanos que entren al territorio de la provincia de Santa Fe desde zonas de circulación comunitaria del virus en las que se mantiene el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” deberán presentar el hisopado con resultados negativos con una antigüedad no superior 72 horas previas al ingreso. Es por esto que quedarán exentos de la medida aquellas personas que provengan de Córdoba y Entre Ríos. De manera contraria, sí deberán presentar las pruebas negativas quienes provengan de Chaco y Buenos Aires.

A raíz de las dudas de los ciudadanos acerca de quiénes deberán presentar el hisopado negativo a partir del la semana que viene, el secretario de Salud de Santa Fe, Jorge Prieto, aclaró las dudas. «Quienes vengan desde Córdoba o Paraná, sitios que no están incluidas dentro de las zonas con circulación comunitaria, no será necesario que presenten los hisopados negativos», dijo, y agregó que sí se les realizarán «otros controles como la toma de temperatura o tests de asonia u olfato, que si no salen positivos no podrán entrar». Las personas que vivan en Buenos Aires o Chaco, zonas declaradas de transmisión local del virus, si deberán presentar las pruebas con resultados negativos.

Prieto destacó que las medidas se tomaron en base a la duplicación de casos en los últimos días y la declaración de Rosario como zona de transmisión comunitaria. Sin embargo, aún no se establecieron nuevas normas de circulación dentro de la provincia. «Se decidieron nuevas medidas restrictivas: no permitir por 15 días las reuniones afectivas y familiares en el departamento Rosario», aclaró el secretario de Salud.

El decreto Nº 647/20 mediante serie de acciones para toda la provincia en el marco de la lucha contra el coronavirus en medio de emergencia sanitaria por la pandemia firmado por el gobernador Omar Perotti, determina que «la autoridad policial que reciba una denuncia, o verifique por sí misma, cualquiera de las conductas que se detallan a continuación procederá «adoptando las medidas necesarias a los fines de evitar su prosecución y colocar a disposición de la autoridad judicial a los autores y elementos utilizados» (conforme al Artículo 47 del Libro II — Título IV de la Ley N° 10703, sustituido por la Ley N° 13774, y concordantes):

1. Incumplimiento del uso de elementos de protección de nariz, boca y mentón, correctamente colocados, conforme a lo dispuesto por los Decretos Nros. 0347/20 y 0348/20. También se procederá a actuar de idéntico modo en relación con quienes no garantizaren el cumplimiento de la obligación al realizar las actividades habilitadas en las que resulten exigibles.

2. Incumplimiento del límite horario y de días habilitados para actividades, o del factor de ocupación de los espacios habilitados.

3. Omisión por parte de los empleadores de la provisión a las personas a su servicio de equipos de protección personal, incumplimiento del control de los síntomas del coronavirus al ingreso a las instalaciones, o de la debida higienización de herramientas y maquinaria; según los protocolos vigentes.

4. Incumplimiento de las medidas de limpieza, sanitización y ventilación adecuada de ambientes, conforme los protocolos para cada actividad. Desarrollar actividades deportivas no permitidas o sin adoptar las medidas adecuadas conforme los protocolos específicos.

6. Tomar intervención, con cualquier carácter, en reuniones familiares o con vínculos afectivos o en celebraciones religiosas en las que participen más personas que las autorizadas o en días no autorizados, o utilizar espacios públicos no habilitados para las mismas.

7. Realizar actividades prohibidas conforme a lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 605/20, o norma similar que lo sustituya en el futuro.

8. Ingresar al territorio de la Provincia desde otra jurisdicción sin el Certificado de Circulación correspondiente, evadir los controles sanitarios y de circulación en rutas o incumplir con las indicaciones epidemiológicas de realización de testeos cuando fueran requeridas por equipos de salud, en idénticas circunstancias.

9. Ocultamiento de información o de síntomas sospechosos de coronavirus.

10. Incumplimiento del aislamiento sanitario estricto de 14 días por parte de los que ingresen a la Provincia provenientes de zonas donde se mantiene la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, definidas como de circulación local del coronavirus por el Ministerio de Salud de la Nación, conforme a lo dispuesto por el Decreto N° 0543/20.

11. Incumplimiento de las medidas de aislamiento sanitario dispuestas por la autoridad competente, o participación en actividades restringidas de acuerdo a lo establecido en los Decretos Nros. 0543/20 y 0554/20.

El costo del hisopado estará a cargo de cada empleador

Todo aquel que requiera un test deberá acudir a laboratorios privados para su realización, abonar el costo del test y firmar una declaración jurada -a falta de pedido médico, si no presenta síntomas-, ya que en el sistema público solo se les realiza a los «casos sospechosos».

Los costos que se pagan de manera particular varían de un lugar a otro. En la ciudad de Santa Fe, el test para covid oscila los 6.000 pesos, en tanto que en Entre Ríos y Córdoba se manejan cifras similares.
Esta nueva medida del Ejecutivo provincial generó dudas respecto a quién deberá hacerse cargo del costo del hisopado, si la persona que intenta entrar a la provincia lo hace por cuestiones laborales. El secretario de Trabajo de la provincia, Juan Manuel Pusineri, indicó que el costo del hisopado estará a cargo de cada empleador.

En este sentido, el funcionario aclaró que no se trata de una «medida caprichosa», sino que se busca garantizar que quien entre a la provincia de Santa Fe por trabajo no entre contagiado. «De allí es que se requiere el resultado negativo con una vigencia de 72 horas. Si bien no lo regula el decreto provincial, lo que surge de las normas nacionales del trabajo, es que el costo del hisopado va a estar a cargo del empleador».

A su vez, Pusineri estableció la diferencia entre el primer caso y quienes residen en Santa Fe, y deben ir a otra jurisdicción y volver, e indicó que, en esas circunstancias, ya existe una norma que implica que, al regreso ese trabajador, no puede participar de actividades sociales de ningún tipo por los siguientes 14 días.

Sobre otras alternativas que reemplacen el test, el funcionario dijo que «hay que ver si el Ministerio de Salud de la provincia facilita algún otro medio que garantice la misma eficacia», aunque remarcó que hasta el momento no hay novedades al respecto y, desde el lunes, «si no hay hisopado, no van a poder ingresar».