En virtud de dar cumplimiento a lo que establece el Art. 20 de nuestro Estatuto, el Comité Ejecutivo de la Liga Regional Ceresina de Fútbol, convoca a las entidades afiliadas por intermedio de sus delegados con derecho a representación a la Asamblea General Extraordinaria, que se realizará en la ciudad de Ceres, en su sede de Av. Tristán Malbran Nº 331, para el día Jueves 16 de ENERO de 2025 a las 21,30 Hs. a los efectos de tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA:
1º) – Lectura del Acta Anterior. –
2º) – Designación de un (1) Delegado Asambleísta para que actúe como Secretario. –
3º) – Designación de dos (2) Delegados Asambleístas para que revisen las credenciales y firmen el Acta de la reunión en forma conjunta con el Presidente de la Liga Regional Ceresina de Fútbol. –
4º) – Torneos Oficiales 2025.- a) Primera – Sub 23 – b) – Reglamentación Torneo Oficial – Fecha de Inicio – Fixture – Reglamentaciones Varias. –
5º) – Torneos Copa Federación-Santa Fe y Torneo Reg. Federal Amateur 2025.-
6º) – Conformación Consejo Futbol Infantil 2025, ad referéndum de la Asamblea Ordinaria.-
7°) – Torneos Oficiales por sistema Comet.-
NOTA: La Honorable Asamblea convocada deberán concurrir todos los clubes afiliados portando sus respectivas credenciales como Asambleístas que lo acrediten como tal. Transcribimos a Continuación la reglamentación de las Asambleas establecidas en el Reglamento Interno de la Liga Reg. Ceresina de Fútbol.-
Art. 4º – Todo Club que desee tener voz y voto en la Asamblea deberá estar al día con la tesorería de la Liga al 31 de Diciembre de 2024.-
Art. 5º – Toda institución que no se ajuste a lo estipulado en el Art. 2º del Reglamento Interno, será sancionado tal lo especifican los reglamentos del Consejo Federal del Fútbol y/o Asociación del Fútbol Argentino.
Art. 6º – La forma de disputa del o los torneos de Primera, Reserva e Inferiores se determinará en la Asamblea General Extraordinaria.
Art. 14º – Toda Asamblea General Ordinaria ó Extraordinaria se celebrará válidamente con la presencia de la mitad más uno de los votos que correspondan a las entidades afiliadas y que para la iniciación de la Asamblea, esta sesionará válidamente media hora después con el número de Delegados presentes con derecho a voto, salvo en los casos que este Estatuto establezca otro porcentaje. –
Atentamente.-