El tribunal ratificó la decisión de primera instancia al concluir que no se probó «malicia» en las declaraciones juradas del ministro de Economía ni un conflicto de intereses en la colocación de deuda durante la gestión de Mauricio Macri.
La Sala I de la Cámara Federal porteña confirmó el sobreseimiento del actual ministro de Economía, Luis Caputo, en la causa judicial que investigaba presuntas irregularidades, negociación incompatible y omisión de datos societarios en sus declaraciones juradas vinculadas a la emisión del bono de deuda pública a 100 años realizado durante el gobierno de Mauricio Macri.
Los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi concluyeron que no se logró demostrar la existencia de una «malicia» deliberada para ocultar información patrimonial ni la existencia de una «confusión de intereses públicos y privados» en la colocación de los títulos.
El origen de la investigación
El expediente judicial tuvo su inicio en 2017 tras una denuncia presentada contra Caputo, quien en ese momento se desempeñaba como ministro de Finanzas. La acusación abarcaba delitos de:
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Omisión maliciosa en las declaraciones juradas.
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Negociaciones incompatibles con la función pública.
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Uso de información privilegiada y tráfico de influencias.
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Lavado de activos e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
La sospecha surgió a partir de la filtración internacional conocida como Paradise Papers, donde Caputo figuraba vinculado a Noctua Partners LLC, una administradora de fondos de inversión radicada en paraísos fiscales.
Los argumentos de la apelación fiscal
En su apelación, el fiscal Carlos Rívolo sostuvo que Caputo omitió consignar en sus presentaciones ante la Oficina Anticorrupción de 2014, 2015 y 2016 su rol como accionista y dueño de Princess International Group Ltd. (Islas Caimán), firma controlante de Noctua.
Asimismo, la fiscalía remarcó la relación comercial entre la sociedad local LC Advisors y Noctua Asset Management mediante la facturación de servicios financieros. Rívolo argumentó que la adquisición de bonos soberanos por parte de entidades ligadas a Noctua en licitaciones donde Caputo participó como funcionario público podría sugerir un beneficio o un interés privado incompatible.
La fundamentación del fallo
A pesar de los planteos presentados por el Ministerio Público Fiscal, el tribunal decidió desestimar los cargos al considerar que no se aportaron elementos suficientes que demostraran una conducta delictiva:
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Ausencia de ocultamiento deliberado: Los jueces valoraron que los vínculos comerciales surgían del propio perfil fiscal del funcionario y de sus declaraciones de bienes personales, lo que descarta una intención de ocultar información.
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Rectificación de datos: Se tuvo en cuenta que Caputo rectificó sus declaraciones juradas, donde informó sus antecedentes con Noctua hasta diciembre de 2015.
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Decisión de política económica: La Cámara remarcó que la emisión de los bonos a un siglo fue el resultado de una estrategia macroeconómica integral aprobada colectivamente, y no una decisión arbitraria o individual tomada en favor de la firma inversora.
Con este pronunciamiento, la justicia dejó firme la absolución del funcionario al entender que no se acreditó beneficio indebido ni uso indebido de información reservada.




