El gobierno de Javier Milei, distribuyó este jueves a gobernadores y referentes legislativos el borrador de la nueva «ley de Bases». Son 177 páginas y 269 artículos que contienen el núcleo de la ley original, con facultades para el Presidente por un año y una amplia reforma del Estado con autorización para privatizaciones de empresas públicas y un blanqueo laboral.
«Declárase la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año», afirma el borrador del proyecto en el primero de sus 269 artículos, que sostiene los puntos que habían sido acordados en la Cámara de Diputados antes de que se empantane la discusión en particular.
Como complemento, el proyecto, dado a conocer por La Nación, establece que «el Poder Ejecutivo nacional informará mensualmente y en forma detallada al Honorable Congreso de la Nación acerca del ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenido».
En la reforma del Estado, como se titula el segundo capítulo, y en referencia a los organismos de la administración central, el Gobierno establece la posibilidad de su «reorganización, centralización, transformación, fusión, escisión, disolución total o parcial y transferencia a las provincias o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previo acuerdo que garantice la debida asignación de recursos».
En su artículo 7 aparece la privatización de empresas públicas, con las excepciones ya conocidas de YPF o el Banco Nación, que «sólo podrán ser privatizadas parcialmente debiendo el Estado Nacional mantener la participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societaria». También estipula la intervención del Congreso a través de una comisión bicameral.
En relación a las privatizadas, se establece a modo de contralor que «La Auditoría General de la Nación deberá realizar un examen respecto del proceso de privatización de cada una de las empresas, evaluando el cumplimiento de los aspectos legales y financieros, una vez finalizado el mismo y dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles», y que también intervendrá la Sigen.
Trámites
El texto dedica un extenso articulado a regular el procedimiento para reclamos administrativos ante el Estado, bajo la premisa de mayor celeridad, eficiencia y transparencia.
En el capítulo correspondiente al empleo público, el texto establece que «el personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un periodo máximo de hasta doce (12) meses, conforme lo establezca la reglamentación». Luego de ese período, quedará desvinculado de hecho.
También autoriza al Poder Ejecutivo a renegociar o rescindir contratos de obra pública o de provisión de bienes y servicios, previa intervención de la Procuración del Tesoro y la SIGEN.
Jubilaciones y empleo
Uno de los puntos centrales es el referido a las jubilaciones y su actualización, que se propone mensual, en reemplazo de los dos aumentos anuales vigentes durante el gobierno anterior. En su artículo 62, la norma establece que «los haberes se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, según la siguiente fórmula: mt = Var. mensual 𝐼𝑃𝐶𝑡−2″
También hay medidas de promoción del empleo registrado y, en el artículo 71, una amplia y genérica autorización al Poder Ejecutivo para desregular actividades económicas. También hay un extenso articulado dirigido a sentar las bases para la defensa de la competencia, a través de una Agencia de Mercados y Competencia, y un Tribunal creado a tal efecto, incluyendo un «régimen de clemencia» para considerar circunstancias especiales.
Hidrocarburos e inversiones
Más adelante la norma regula la concesión de la explotación de hidrocarburos, a cargo de empresas «estatales, privadas o mixtas», con el objeto de «maximizar la rentabilidad» y asegurar la provisión.
Además, se autoriza la importación de gas natural sin autorización previa, a la vez que se regula la exportación. También se modifica el marco regulatorio de la actividad y se crea el Ente Regulador de la Electricidad y el Gas, unificando ambas funciones. Y se faculta al Poder Ejecutivo a elaborar una normativa de protección ambiental acorde a la ley vigente y las pautas internacionales.
Por otra parte, se crea un Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), con una extensa y minuciosa regulación, y la invitación a las provincias a que adhieran.