El Gobierno Nacional promulgó ayer la Ley de Ayuda a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios. La norma establece exenciones del pago de los servicios públicos y el reintegro del IVA para las compras y contrataciones para el cumplimiento de su función, además de prestaciones en caso de accidentes.
La Ley Nº 27.629 de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina, presentada por el diputado justicialista Eduardo Bucca, tiene como objetivo a hacer más eficiente el uso de recursos por parte de las asociaciones de bomberos para que puedan destinarlo a equipamiento operativo, equipos de protección y capacitaciones.
El texto establece que el sujeto responsable inscripto en el IVA que realice ventas a estas entidades emitirá sus facturas con IVA tasa cero y la leyenda: “venta sujeto ley 25.054”. La iniciativa prevé también ampliar la cobertura ante riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan sufrir en el ejercicio de sus funciones. Además, se incluyen prestaciones destinadas a cuidar a los bomberos y bomberas que sufran algún tipo de accidente, como asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados. También se contempla un prestación dineraria en el caso de incapacidad laboral temporaria.