La Cámara de Senadores convirtió en ley el proyecto que unifica y moderniza las reglas del juego comicial en la provincia. Mantiene las PASO, reduce la cantidad de boletas en las generales y habilita una inédita interna para la Vicegobernación.
La Legislatura santafesina dio un paso decisivo en la reorganización de su sistema institucional. La Cámara de Senadores aprobó este jueves por unanimidad en general el nuevo Código Electoral y de Partidos Políticos de la Provincia de Santa Fe, norma que unifica en un solo cuerpo legal de más de 260 artículos disposiciones que hasta ahora se encontraban dispersas. De este modo, la provincia ya cuenta con las reglas claras de cara a los comicios de 2027.
La norma, que contó con una amplia mayoría construida previamente en la Cámara de Diputados, ratifica elementos centrales del sistema democrático provincial como las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y el uso de la Boleta Única de Papel, pero introduce cambios sustanciales en la mecánica de votación y en los pisos electorales.
Menos boletas en las generales
Uno de los aspectos con mayor impacto directo en el ciudadano estará en el cuarto oscuro.
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En las PASO: Se mantendrá el esquema tradicional de cinco Boletas Únicas (Gobernador, Diputados, Senador Departamental, Intendente y Concejales).
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En las Elecciones Generales: El número de papeletas se reducirá a tres:
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Boleta Provincial: Unificará en un solo cuerpo la fórmula ejecutiva (Gobernador y Vice) junto con la lista de Diputados Provinciales.
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Boleta Departamental: Exclusiva para la categoría de Senador Provincial.
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Boleta Local: Destinada a las autoridades municipales y comunales (Intendente y Concejales).
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En las boletas agrupadas se incorporará además la opción de marcar «lista completa», aunque la norma preserva la posibilidad de que el elector realice un voto cruzado eligiendo candidatos de distintas fuerzas entre las categorías.
El polémico Artículo 44: competencia interna por la Vicegobernación
El punto de mayor debate legislativo —donde el bloque del Partido Justicialista acompañó la ley en general pero votó en contra en particular— fue el artículo 44.
Esta disposición establece una excepción a la regla general de candidatura única: un precandidato a gobernador podrá presentarse en las PASO secundado por hasta tres postulantes a vicegobernador diferentes dentro de la misma agrupación política, siempre que se respete la paridad de género.
Cada fórmula competirá de manera independiente y sus votos no serán acumulativos, lo que permitirá resolver las internas en el cargo de vice dentro de las primarias.
Modificación de los pisos electorales
En sintonía con la reforma constitucional sancionada en 2025 (que eliminó la histórica distribución automática de 28 bancas para la lista más votada en Diputados e instauró el sistema proporcional puro), la ley ajusta los mínimos exigidos:
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Para superar las PASO: El umbral se reduce del 1,5% al 1% del padrón electoral de la categoría correspondiente.
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Para acceder a la repartición de bancas en Diputados: En las elecciones generales, las nóminas deberán alcanzar un piso del 4% del padrón electoral (anteriormente fijado en el 3%) para ingresar al cálculo distributivo.
Paridad, debates y accesibilidad
El nuevo marco normativo ratifica la vigencia de la Ley de Paridad de Género en la confección de las listas, consolida medidas de accesibilidad electoral para personas con discapacidad e institucionaliza la obligatoriedad de los debates televisados entre candidatos a gobernador previa a las elecciones generales.
Con la sanción completa de la Legislatura, el Poder Ejecutivo de la Provincia deberá llevar adelante campañas de educación y difusión electoral previa a los comicios de 2027 para instruir a la ciudadanía respecto a la nueva modalidad en la Boleta Única y las dinámicas del renovado Código Electoral.




